En Nuevo León, entra en vigor la nueva ‘Ley Cubrebocas’, que establece sanciones a quien no porte este artículo en lugares públicos, comercios y centros de trabajo de cualquier índole.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 119, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria, la autoridad sanitaria podrá declarar el uso de la mascarilla a todas las personas excepto a menores de 2 años.
En el documento se detalla que la mascarilla será obligatoria en espacios públicos o de uso común tales como centros de trabajo, centros comerciales, usuarios, operadores o conductores de servicios de transporte público o privado así como pasajeros.
Asimismo, reiteran que las personas de 2 a 18 años y con alguna discapacidad intelectual no serán sujetos de sanción, pero serán los padres o tutores quienes la reciban.
Dicha ley entra en vigor a partir de este jueves 11 de febrero y permanecerá vigente hasta que las autoridades competentes declaren su conclusión oficial.